Guía de trámites / Centro de Atención al Vecino

Jefatura de Gabinete - Habilitaciones

Factibilidad

Ámbito: Municipal

Las factibilidades se solicitan para la habilitación de determinados rubros como ser sala velatoria, café bar, pequeña parrilla, casa de té, café bar con actividad nocturna o sin espectáculos nocturnos, restaurante, parrillas o cualquier actividad que así lo requiera.

Este trámite debe realizarse de forma presencial, en el Centro de Atención Vecinal (CAV) donde se abonará el sellado correspondiente.

Paso a Paso

1

Concurrí al Box 23 o 24 de Habilitaciones Comerciales del Centro de Atención Vecinal (CAV) con todos los formularios (se pueden retirar alli o descargar de esta página del item Formularios para Descargar) y la documentación requerida (ver item Documentación Requerida). Allí  se te extenderá el recibo para abonar los sellados correspondientes.

2

Presentate en el box de Tesorería General para abonar el sellado mencionado. 

3

Luego del pago del sellado, volvé al Box de Habilitaciones Comerciales con los formularios de solicitud de factibilidad completos, el comprobante de pago del sellado, constancia de CUIT, Documento de Identidad y el resto de la documentación requerida. De esta forma se generará el expediente con su respectivo número.

 

4

Dicho expediente deberá cumplimentar una serie de pasos para confeccionar el decreto respectivo, el cual constestará la petición formulada.

5

Una vez que el decreto se encuentre firmado por el poder ejecutivo, se procederá a notificarte mediante carta, mail o celular para que te presentes, nuevamente, en el box de habilitación comercial a fin de tomar conocimiento del decreto y posteriormente presentar la tramitación de habilitación respectiva.

Documentación requerida

Obligatorio (*).

- DNI (Frente y Dorso). *

-  Constancia de CUIL/CUIT. *

-  Croquis/Plano. *

- Certificado de Domicilio. *

- Poder ante escribano/gestor (en el caso que corresponda).

- Autorización apoderado (en el caso que corresponda).

 

¿Cuánto cuesta? (*)

SOLICITUD NO PREVISTA ART. 32 COMP. $2,653.00

 

(*) Las tasas indicadas están sujetas a modificaciones.