Este trámite lo pueden realizar el Estado Nacional, las Provincias, el Gobierno Municipal, sus dependencias, reparticiones autárquicas y descentralizadas; las representaciones diplomáticas y consulares de los países extranjeros acreditados ante el Gobierno Nacional, dentro de las condiciones establecidas por la Ley Nacional N° 13.238 y por el Decreto-Ley N° 7.672/63 que aprueba la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas; la Cruz Roja Argentina; las comunidades o confesiones religiosas, inscriptas en los registros respectivos dependiente de la Secretaría Nacional de Cultos; instituciones benéficas, culturales, entidades de bien público, asociaciones deportivas y de cultura física, fundaciones, mutuales y asociaciones civiles siempre que no persigan fines de lucro; las entidades gremiales con asentamiento en el Partido de Lanús, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional Nº 23.551 y la Ley Provincial Nº 13.758; asociación Bomberos Voluntarios del Partido de Lanús e inmuebles destinados a actividades de tipo político partidaria y que no puedan afrontar el pago de la Tasa por Servicios Generales (TSG).
Enviada la solicitud, recibirás un E-mail con el N° de trámite a la dirección de correo que declares al completar el formulario. Al finalizar el trámite, te enviaremos otro E-mail con la Resolución.
Todas las notificaciones serán remitidas a tu DOMICILIO ELECTRÓNICO el cual fue informado oportunamente.
Completá los datos del formulario. La dirección de correo que ingreses será la destinada a ser notificado. Asegurate de que sea la indicada. Utilizá el campo Observaciones para indicar la información adicional que creas conveniente.
Adjuntá la documentación requerida.
Una vez que completes el formulario clickeá el botón ENVIAR. De faltar algún dato obligatorio o alguna documentación, la página te informará la existencia del error. Cuando haya sido enviado el formulario exitosamente te llegará un e-mail a la casilla de correo que informaste en el mismo, con el N°de trámite.
Una vez que se haya emitido la Resolución, recibirás un e-mail de finalización del trámite que tendrá adjunta la misma.
Representante legal acreditando la personería invocada.
(*) obligatorio
- Documento de Identidad del Representante Legal (frente y dorso). *
- Constancia de Cuit/Cuil del Representante Legal. *
- Constancia de Cuit/Cuil de la Entidad. *
- Documento que acredite Personería del Representante. *
- Acta de designación de Autoridades. *
- Título de Propiedad del Inmueble o Documento equivalente que acredite posesión. *
- Certificado de Vigencia. *
- Estatuto o Contrato Social. *
- Boleta de la Tasa de Servicios Generales de la Municipalidad de Lanus (TSG). *
- Boleta del Impuesto Inmobiliario (ARBA). *
- Certificado extendido por el organismo correspondiente donde acredite el carácter de la institución/entidad solicitante.
Este beneficio será de carácter permanente, excepto aquellos que presenten contrato de locación, comodato, etc. en cuyo caso se otorgará hasta la fecha de vencimiento del mismo.