Si su comercio se encuentra dentro de los rubros establecidos en la Ordenanza 13.208, mediante este trámite puede solicitar la Condonación de TSG y Tributos Comerciales del periodo fiscal 2020.
Todas las notificaciones serán remitidas a tu DOMICILIO ELECTRÓNICO el cual fue informado oportunamente.
Completá los datos del formulario. La dirección de correo que ingreses será la destinada a ser notificado. Asegurate de que sea la indicada.
Adjuntá la documentación solicitada.
Una vez que completes el formulario clickeá el botón ENVIAR. De faltar algún dato obligatorio o alguna documentación, la página te informará la existencia del error. Cuando haya sido enviado el formulario exitosamente te llegará un e-mail a la casilla de correo que informaste en el mismo, con el N°de trámite.
Una vez que se haya emitido la Resolución, recibirás un e-mail de finalización del trámite que tendrá adjunta la misma.
Titular o Representante Autorizado.
Obligatorio (*).
- DNI (Frente y Dorso). *
- Constancia de CUIT / CUIL del Títular o Representante Autorizado. *
- Nota de Solicitud de Condonación. *
- Carta Poder (si corresponde)
- DNI de Apoderado (si corresponde).
- Constancia de CUIT / CUIL del Apoderado.
- Comprobante TSG.
- Escritura de dominio o Contrato Comodato o Contrato de Alquiler o Contrato de usufructo
- Reglamento de Copropiedad (si corresponde)
- Copia Certificada Declaratoria de Herederos (si corresponde).
- Debe poseer (según corresponda): Escritura, Contrato de Alquiler o Contrato de Usufructo.
- Poseer la Nota de Solicitud de Condonación, firmada por la persona solicitante (la misma se encuentra para descargar, ver Item Formulario para descargar).
- Debe encontrarse catalogado dentro del Rubro de la Ordenanza 13.208.