Si su comercio se encuentra dentro de los rubros establecidos en la Ordenanza 13.208, mediante este trámite puede solicitar la Condonación de TSG y Tributos Comerciales del periodo fiscal 2020.
Todas las notificaciones serán remitidas a tu DOMICILIO ELECTRÓNICO el cual fue informado oportunamente.
Completá los datos del formulario. La dirección de correo que ingreses será la destinada a ser notificado. Asegurate de que sea la indicada.
Adjuntá la documentación solicitada.
Una vez que completes el formulario clickeá el botón ENVIAR. De faltar algún dato obligatorio o alguna documentación, la página te informará la existencia del error. Cuando haya sido enviado el formulario exitosamente te llegará un e-mail a la casilla de correo que informaste en el mismo, con el N°de trámite.
Una vez que se haya emitido la Resolución, recibirás un e-mail de finalización del trámite que tendrá adjunta la misma.
Titular o representante autorizado
Obligatorio (*)
- DNI del Representante ( frente y dorso) *
- Constancia de CUIT/CUIL de la Sociedad *
- Nota de solicitud de Condonación *
- Carta Poder ( si correponde)
- DNI de Apoderado
- Constancia de CUIT/CUIL Apoderado
- Estatuto o Contrato Social (según tipo de sociedad)*
-Libro de Actas ( Hoja Rúbrica)*
- Acta designación de Autoridades *
- Comprobante TSG
- Escritura de dominio o Contrato Comodato o Contrato de Alquiler o Contrato de usufructo.
- Reglamento de Copropiedad ( si corresponde)
- Debe poseer (según corresponda): Escritura, Contrato de Alquiler o Contrato de Usufructo.
- Poseer la Nota de Solicitud de Condonación, firmada por la persona solicitante (la misma se encuentra para descargar, ver Item Formulario para descargar).
- Debe encontrarse catalogado dentro del Rubro de la Ordenanza 13.208.