A la Escrituración Social solo se puede acceder en caso de ser vivienda única y habitada.
Todas las notificaciones serán remitidas a tu DOMICILIO ELECTRÓNICO el cual fue informado oportunamente.
Presentate en el CAV ( Centro de Atencion Vecinal ) previo solicitud de turno (Turnos CAV) con toda la documentación necesaria (mirá el item Documentación Requerida).
Aguarda la visita de la Trabajadora Social que realizará el informe correspondiente.
Aguarda la notificación del acto de firma de la Escritura.
Aguarda la notificación del acto de entrega de Escrituras.
Toda persona física, mayor de 18 años, que adquiera una vivienda y cumpla con el requisito de ser única, familiar y de ocupación permanente. Tambien aquella persona física que adquiera un lote baldío.
- Boleta de Compra Venta y sus cesiones ( en caso de existir sucesiones de boletas, hasta llegar a la titularidad dominial ).
- Si compró en cuotas, los recibos respectivos y certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor.
- Si se designó en el boleto de compra escribano, deberá adjuntar nota del mismo renunciando a escriturar el inmueble.
- Fotocopia de escritura antecedente ( corresponde al último titular de dominio ) o en su defecto 2° testimonio de la escritura
- Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de Valuación Fiscal.
- En caso de fallecimiento del titular de dominio, copia certificada por el juzgado del escrito donde se denuncia el bien a escriturar. Certificado de defunción. Declaratoria de herederos. Pago de la tasa de justicia y sobretasa. Auto que ordena la inscripción de la D.H. con relación inmueble.
- Fotocopia de documento de identidad de comprador/es y titular/es de dominio.
- Constancia de CUIL/CUIT (pagina Web: /www.anses.gob.ar) de comprador/es y titular/es de dominio.
- En el caso de presentar PODER, acompañar fotocopia de documento y constacia de CUIL del apoderado/s y del titular/es de dominio.
- PROPIEDAD HORIZONTAL. En caso de que el título antecedente sea anterior a la subdivision del lote de terreno, se debera acompañar: 1- plano de subdivisión P.H. 2- Reglamento de Copropiedad.