Este trámite te permitirá obtener tu certificado de Libre Deuda de Escribanía.
Atención : Sólo puede solicitarlo el Escribano Actuante.
En los casos de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, Ley 13512, el despacho del certificado estará condicionado a la efectiva subdivisión de las partidas municipales.
Todas las notificaciones serán remitidas a tu DOMICILIO ELECTRÓNICO el cual fue informado oportunamente.
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Completá el formulario con tus datos y adjunta la documentación requerida. Luego de enviar el formulario, aguarda unos minutos y llegará a tu casilla de correo un mail con el nro de trámite.
Una vez generado el trámite, se enviará por correo electrónico el comprobante del sellado para abonar
Cuando abones el sellado, envía el comprobante del pago vía mail a certificadosescribanias@lanus.gob.ar Una vez finalizado el trámite, se enviará a la casilla de correo el comprobante de Libre Deuda.
* Para recepción de consultas y envío de documentación, esta administración utilizará la siguiente casilla de mail: certificadosescribanias@lanus.gob.ar
Escribano actuante
(*) obligatorio
- Documento de Identidad del Titular de Inmueble (Frente y Dorso). *
- Constancia de Cuit/Cuil del Titular de Inmueble. *
- Boleta de TSG. *
- Formulario Res. 1361/68 (Con firma digital de Escribano Solicitante). *
- Cédula Catastral.*
- Plano de PH. (si corresponde)
- Título de Propiedad del Inmueble.
- Reglamento de copropiedad. (Apertura de padrones)
LIBRE DEUDA 2 DIAS ART. 27 A2-1 | $8,696.00 |
LIBRE DEUDA MAS 2 DIAS ART.27 A2-2 | $5,131.00 |
(*) Las tasas indicadas están sujetas a modificaciones.
(**) Dependerá de la urgencia solicitada.
EL COMPROBANTE PARA ABONAR EL SELLADO LE SERÁ ENVIADO VÍA E-MAIL UNA VEZ GENERADO EL TRÁMITE.